Seguro ART
El seguro de Accidentes de Riesgos de Trabajo (ART) es la cobertura que contratan las empresas privadas por los empleadores para asesorarlos en las medidas de prevención y para reparar los daños en casos de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales de sus empleados.
Están autorizadas para funcionar por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo y por la Superintendencia de Seguros de la Nación, Organismos que verifican el cumplimiento de los requisitos de solvencia financiera y capacidad de gestión.
¿Qué sucede si no tengo seguro de ART?
Si sos empleador y no tenes contratado el seguro ART, en caso de accidente o enfermedad profesional, debes responder directamente, otorgándole las prestaciones médicas y dinerarias correspondientes a tus empleados por el tiempo que lo requiera.
¿Cuál es la obligación de la ART?
Brindar todas las prestaciones que fija la ley, tanto preventivas como dinerarias, sociales y de salud.
Realizar la evaluación periódica de los riesgos existentes en las empresas afiliadas y su evolución.
Evaluar la verosimilitud de los riesgos que declare el empleador.
Efectuar los exámenes médicos periódicos para vigilar la salud de los trabajadores.
Visitar periódicamente a los empleadores para controlar el cumplimiento de las normas de prevención de riesgos del trabajo.
Promover la prevención, informando a la SRT acerca de los planes y programas exigidos a las empresas.
Mantener un registro de siniestralidad por establecimiento.
Informar a los interesados acerca de la composición de la entidad, de sus balances y de su régimen de alícuotas.
Controlar la ejecución del Plan de Acción de los empleadores y denunciar ante la Superintendencia de Riesgos del Trabajo los incumplimientos.
Brindar asesoramiento y asistencia técnica a los empleadores y a sus trabajadores en materia de prevención de riesgos del trabajo.
Denunciar los incumplimientos de los empleadores a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.
¿Qué tipo de accidentes cubre la ART?
Las Aseguradoras de Riesgo del Trabajo (ART) cubren dos tipos posibles de siniestros laborales: los accidentes laborales y enfermedades. Los accidentes laborales. Son aquellos siniestros imprevistos que tienen lugar durante o con motivo del trabajo realizado. Los accidentes ‘in itinere’.
¿Qué se necesita para contratar una ART?
- Necesitas estar inscripto como empleador.
- Adherir con tu clave Fiscal al servicio de Ventanilla electrónica de la SRT.
- Aprobar la solicitud que te vamos a generar con tu clave Fiscal.
En el caso que ya tengas contratado un seguro de ART y lo queres cambiar es muy simple.
El empleador deberá solicitar un Certificado de No objeción (CNO) a su ART actual. Para ello deberá ingresar a “e-servicios SRT-Póliza Digital de Riesgos del Trabajo – Certificado de No objeción – Solicitar CNO”
¿Cómo se calcula la indemnización por accidente de trabajo?
- Pago único.
- Cálculo: 53 x Ingreso BASE MENSUAL x el % de incapacidad x 65/edad actual con un monto mínimo.
- Adicional por daños morales y psicológicos del 20% sobre la indemnización pactada.
¿Cómo hacer el trámite de ART para empleadas domésticas?
La parte que debe afiliarse a la ART es el empleador (no la trabajadora). Para esto, hay que firmar un Contrato de Cobertura de Riesgos del Trabajo. El trámite se puede hacer personalmente en una sucursal de la ART elegida o hacerlo a través un productor de seguros.
¿Cuánto tiempo puedo estar de licencia por enfermedad?
De acuerdo con la Ley de Contrato de Trabajo, el empleo de un trabajador es seguro durante el término de su licencia por enfermedad. El período mínimo de una licencia por enfermedad (pagada + no remunerada) es de 15 meses, mientras que el plazo máximo es de 24 meses.
¿Cuáles son los grados de incapacidad laboral?
La Incapacidad Laboral Permanente Parcial es aquella cuyo porcentaje de incapacidad es menor al 66%. Se considera Incapacidad Laboral Permanente Total cuando el porcentaje de incapacidad es igual o mayor al 66%. El grado de la incapacidad permanente es determinado por las Comisiones Médicas.
Formulario de cotización
Cuidamos lo tuyo, como propio.